La Audiencia Provincial de Alicante ha confirmado la sentencia dictada por un juez de Benidorm que condenaba a un año de prisión a una mujer que alquiló una vivienda del Portitxol que no era suya a un tercero.
Según el auto, firmado por tres magistrados y que ha facilitado la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, los hechos se remontan a 2014 cuando la condenada -cuyo nombre y apellidos esta redacción omite de forma deliberada- alquiló a una tercera persona una vivienda sita en la calle La Barraca de Xàbia a través de un anuncio en la web segundamano.es.
El 19 de mayo de ese año, se formalizó el contrato de alquiler de la vivienda, para los días 11 a 17 de agosto, por importe de 1.200 euros de los cuales, apunta el fallo judicial, 600 fueron ingresados en una cuenta bancaria.
Así, llegado el 11 de agosto, la persona que alquiló la vivienda se dirigió a ella “y comprobó que la vivienda no se correspondía con lo que aparecía en las fotos que la acusada le había mandado y que además la misma era una casa de un particular, propiedad de un tercero que no la alquilaba, por lo que no pudo disfrutar de la misma ni tampoco se le devolvió el dinero que anticipó”. Algo que remarcan los tres magistrados subrayan se trata de “hechos probados que se aceptan”.
Esta mujer fue condenada por un juzgado de Benidorm en enero de 2017 a un año de cárcel con la accesoria de inhabiltiación especial para el ejercicio del sufragio pasivo por un delito de estafa, así como indemnizar a la persona la que alquiló la vivienda con 600 euros más intereses legales.
Ante ese fallo del juez de Benidorm, la condenada elevó recurso a la Audiencia Provincial y es ahora cuando los magistrados Francisco Javier Guirau, Julio José Úbeda y Joaquín María Coromina, reafirmar la decisión inicial y declara “de oficio las costas procesales causadas en esta alzada”.
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