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¿Cómo podrán ser los paseos de los menores a partir del domingo 26 de abril? ¿Cómo podrán ser los paseos de los menores a partir del domingo 26 de abril?
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Sábado, 25 de Abril de 2020 Tiempo de lectura:

¿Cómo podrán ser los paseos de los menores a partir del domingo 26 de abril?

A partir del domingo 26 de abril los menores de 14 años podrán salir de sus casas a dar un paseo o una vuelta alrededor acompañados de un adulto. El ministerio de Sanidad ha publicado en el Boletín Oficial del Estado de este sábado la orden que permite estas salidas y los detalles (y exigencias) de las mismas y el Ayuntamiento de Xàbia lo ha transmitido a través de su canal de Telegram.
Horario: de 9 a 21 horas Duración: 1 paseo diario, máximo una hora ¿Quienes pueden?: los menores de 14 años. De 0 a 13 años Donde se puede ir: Una distancia no superior a un kilómetro con respecto al domicilio del menor (puedes guiarte con esta APP: https://1km.geomatico.es/) ¿Qué se puede hacer?: Se podrá pasear por cualquier vía o espacio público. Los parques públicos están abierto, pero los juegos infantiles siguen precintados, los paseos marítimos y las playas están abiertas para pasear. El baño no está permitido. Los niños pueden ir en bicicleta, patinete o jugar con el balón con el hermano, pero no puede jugar con otros niños.
¿Qué precauciones hay que guardar? El paseo diario deberá realizarse con un único adulto responsable que podrá llevar a un máximo de tres niños o niñas. Las familias con más de tres hijos deberán dar los paseos por separado. Deberá mantenerse una distancia con las otras personas de al menos dos metros. Asimismo, deberá cumplirse con las medidas de prevención e higiene frente al COVID-19 indicadas por las autoridades sanitarias. Si se compra algún alimento durante el camino (merienda o chucherías) deben de asegurarse las medidas de higiene antes de llevarlo a la boca. El uso de mascarillas no es obligatorio, aunque sí aconsejable. También es recomendable llevar geles u otros desinfectantes para las manos de manera preventiva. ¿Quién se considera adulto responsable? Persona mayor de edad que actualmente conviva en el mismo domicilio con el niño o niña o se trate de un empleado de hogar a cargo del menor. Cuando el adulto responsable sea una persona diferente de los progenitores, tutores, curadores, acogedores o guardadores legales o de hecho, deberá contar con una autorización previa de estos. Esta excepción está reservada únicamente a casos de familiares u otras personas que convivan con el niño/niña durante el estado de alarma. ¿Qué pasa con los mayores de 14 años? Podrán salir en las mismas circunstancias que los adultos (para ir a la compra, a la farmacia, al banco, a sacar a la mascota, al quiosco o a por el pan). Durante este domingo, según informa el Consistorio, la Policía Local de Xàbia hará rondas especiales con megafonía para recordar estos consejos.
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  • Maria

    Maria | Domingo, 26 de Abril de 2020 a las 17:56:09 horas

    Vergonzoso!!!!!

    Accede para responder

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