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El Supremo rechaza un recurso del Ayuntamiento y obliga a demoler unas obras en un negocio de la Granadella El Supremo rechaza un recurso del Ayuntamiento y obliga a demoler unas obras en un negocio de la Granadella
Redacción 3
Lunes, 21 de Diciembre de 2020 Tiempo de lectura:

El Supremo rechaza un recurso del Ayuntamiento y obliga a demoler unas obras en un negocio de la Granadella

El Tribunal Supremo ha tumbado el último recurso presentado por el Ayuntamiento de Xàbia y los propietarios de uno de los negocios que hay en la avenida del Tío Catalá. Una decisión que le obligará a retomar un expediente de demolición de unas obras realizadas en el Bar Casa Rosita hace ya algunos años.

La sentencia del alto tribunal, a la que ha tenido acceso esta redacción, rechaza el recurso presentado por el Ayuntamiento de Xàbia y la propiedad del negocio por “incumplimiento de las exigencias que la Ley impone al escrito de preparación del recurso al carecer de fundamentación suficiente”, reafirma el auto anterior del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat e impone a estas dos partes las costas del juicio de 1.000 euros cada una.

Los hechos se remontan a 2018 cuando la Sala del TSJCV ordenó declarar la caducidad del procedimiento de restauración de la legalidad e iniciar un nuevo procedimiento sin que haya de considerarse prescrita la acción (las obras realizadas en el negocio) y ordena al Ayuntamiento ejercer sus competencias en material de licencia de actividad a fin de depuras las irregularidades detectadas. Esto suponía demoler las obras ilegalizables.

El Ayuntamiento en un principio se acogió a un informe del arquitecto municipal que indicaba que el expediente de infracción urbanística que se hizo en 2014 había prescrito así como que no era de su competencia expedientar al propietario y obligarle a demoler las obras.

Pero estos argumentos fueron rebatidos por Vicent Ortolá, que fuera concejal de Urbanismo del 99 al 2003. Lo cuestionó en los juzgados, pidió que se tiraran las obras realizadas y que fuera clausurado el negocio, y consiguió la sentencia ahora conocida y ratificada por el Tribunal Supremo, que además impone las costas al Consistorio.

Se da la circunstancia que ante el abogado que defendía los intereses municipales en este asunto recomendó al Ayuntamiento no presentar este último recurso ahora rechazado. Pero sin embargo, el Consistorio aprobó finalmente presentarlo precisamente en “defensa de esos intereses municipales”, según reza el acuerdo de la junta de gobierno local en el que fue aprobado y cuyo contenido desveló Ciudadanos por Jávea, precisamente en el pleno celebrado ese mes. 

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  • Jose

    Jose | Lunes, 21 de Diciembre de 2020 a las 22:18:12 horas

    Habría que derribar muchas casas y apartamentos que han obrado sin licencia o de forma irregular mucho antes que ese negocio que está totalmente integrado en el paisaje de la Avenida del Tío Catala.

    Pero el denunciante tiene muchos intereses para que El Rosita desaparezca y quedarse como único restaurante de la zona... Patético!!!

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  • Palmero

    Palmero | Lunes, 21 de Diciembre de 2020 a las 09:28:18 horas

    Bravo Alcalde, se está cubriendo de gloria con estas hazañas.
    Lo primordial es derrochar tiempo y dinero del contribuyente, fenomenal, claro que sí, da igual porque el sueldo suyo no lo tocan, que es lo importante, verdad?
    Pues nada, otra muesca más en esa gloriosa carrera política, llena de aciertos y de aplausos a su gran gestión.

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  • Juan

    Juan | Lunes, 21 de Diciembre de 2020 a las 08:12:04 horas

    Es una vergüenza que tenga que ser el Supremo el que obligue ..... pero como siga este ritmo irracional constructivo, habría que tirar muchas más

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