Condena a dos años de prisión a una exconcejal de Benitatxell por el caso de los endosos de obras Condena a dos años de prisión a una exconcejal de Benitatxell por el caso de los endosos de obras
El empresario estará algo menos de un año en privación de libertad
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Alicante condenó la pasada semana a una exconcejal de Benitatxell y un empresario local de la construcción por el caso de los endosos de obras del Ayuntamiento en 2010.
En concreto, la sentencia, contra la cabe recurso, condena a los dos acusados a prisión. La exconcejal, cumplirá dos años, tres meses y un día, y el empresario ha sido condenado a diez meses y dieciséis días de privación de libertad por el delito continuado de falsedad en documento oficial con la concurrencia modificativa de la responsabilidad penal atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas.
Esta es la resolución del caso por el que fueron juzgadas estas dos personas por la falsificación, ahora confirmada, de la firma del secretario-interventor del Ayuntamiento para el cobro de unas obras a través de unos endosos bancarios, unos pagos fueron realizados por una entidad bancaria. El secretario-interventor denunció que su firma había sido falsificada, y como parte denunciada, adquirió incluso la condición de testigo protegido por la Agencia Antifraude de la Comunitat Valenciana.
Los dos condenados, no obstante, son absueltos por la Sala del delito de estafa agravada, que solicitaba la acusación y el ministerio fiscal.
El empresario estará algo menos de un año en privación de libertad
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Alicante condenó la pasada semana a una exconcejal de Benitatxell y un empresario local de la construcción por el caso de los endosos de obras del Ayuntamiento en 2010.
En concreto, la sentencia, contra la cabe recurso, condena a los dos acusados a prisión. La exconcejal, cumplirá dos años, tres meses y un día, y el empresario ha sido condenado a diez meses y dieciséis días de privación de libertad por el delito continuado de falsedad en documento oficial con la concurrencia modificativa de la responsabilidad penal atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas.
Esta es la resolución del caso por el que fueron juzgadas estas dos personas por la falsificación, ahora confirmada, de la firma del secretario-interventor del Ayuntamiento para el cobro de unas obras a través de unos endosos bancarios, unos pagos fueron realizados por una entidad bancaria. El secretario-interventor denunció que su firma había sido falsificada, y como parte denunciada, adquirió incluso la condición de testigo protegido por la Agencia Antifraude de la Comunitat Valenciana.
Los dos condenados, no obstante, son absueltos por la Sala del delito de estafa agravada, que solicitaba la acusación y el ministerio fiscal.

































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