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Entra en vigor la nueva regulación del uso de las mascarillas: ¿Cuándo debemos llevarla? Entra en vigor la nueva regulación del uso de las mascarillas: ¿Cuándo debemos llevarla?
Alvaro Monfort
Sábado, 26 de Junio de 2021 Tiempo de lectura:

Entra en vigor la nueva regulación del uso de las mascarillas: ¿Cuándo debemos llevarla?

Este sábado 26 de junio entra en vigor la nueva normativa respecto al uso de las mascarillas. La principal novedad es que deja de ser obligatoria en espacios públicos siempre y cuando pueda mantenerse una distinta mínima de 1,5 metros entre las personas, salvo convivientes. Esto hace indispensable echar mano de ella a la hora de acceder a cualquier tipo de espacio cerrado independientemente del tiempo de permanencia en él. La nueva medida resulta entrañable dado que, por ejemplo, este hecho no se da entre comensales reunidos en torno a una misma mesa que se retiran la mascarilla para comer y, muchos, continúan sin ella durante la tertulia posterior. Aún con todo, los nuevos usos de la mascarilla en exteriores presentan otras excepciones tal y como apareció publicado en el BOE de este viernes 25 de junio. Éstas son: Se mantiene la obligatoriedad del uso de la mascarilla al aire libre, cuando se produzcan aglomeraciones. También, continúa siendo obligatoria en los medios de transporte público incluyendo andenes, estaciones de viajeros y teleféricos. En cambio, su uso no será obligatorio en las cubiertas de buques y embarcaciones siempre que se mantenga la distancia de 1,5 metros entre los pasajeros. Además, continuará siendo obligatoria en eventos multitudinarios al aire libre, independientemente de que las personas asistentes estén de pie o sentadas si no se pueda mantener 1,5 metros de distancia entre cada una de ellas y si no son convivientes. En el caso de Xàbia, esto afectaría, por ejemplo, a las actividades culturales que se realizan cada fin de semana o en el caso del Montgorock en septiembre si la normativa continua en vigor, siempre y cuando no pueda garantizarse el cumplimiento de esa medida de seguridad interpersonal. En cambio, una de las salvedades es que dejará de ser obligatoria en residencias y espacios institucionalizados (parques de bomberos, por ejemplo) donde el 80 por ciento de la población esté vacunada. No obstante, sí será obligada para los trabajadores y trabajadoras de estos centros y las visitas. La nueva normativa también incide en la obligatoriedad de llevar la mascarilla siempre encima porque su uso continúa siendo imprescindible en espacios cerrados, aunque estos gocen de una buena ventilación: “Cuando las personas se encuentren fuera de su domicilio, deberán disponer en todo momento de una mascarilla para uso personal por si así fuera requerido o en previsión de aglomeraciones o necesidad sobrevenida en espacios interiores o en transporte público”. En este sentido, la ministra de Sanidad, Carolina Darias; ha especificado que no habrá sanciones por no llevar una mascarilla encima, si no por actuar sin este elemento de protección en situaciones en las que sea obligatoria “como tropezarse con una muchedumbre o ser sorprendido manteniendo una conversación en la vía pública sin la distancia pertinente”.
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