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Xàbia aprueba la nueva ordenanza que regulará todos los precios públicos municipales
El Ayuntamiento de Xàbia ha aprobado de forma definitiva la nueva Ordenanza General Reguladora de los Precios Públicos, una norma que establecerá un marco común para la creación, modificación y gestión de los precios públicos municipales sin necesidad de tramitar una ordenanza específica cada vez que se actualicen sus importes.
La ordenanza, publicada este miércoles en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), tiene como objetivo dotar al consistorio de un régimen jurídico estable para regular el establecimiento, la gestión, el cobro, la recaudación y, en su caso, la devolución de los precios públicos correspondientes a los distintos servicios municipales.
Uno de los principales cambios que introduce la nueva regulación es la separación entre el marco jurídico general y la fijación de las cuantías. Según el texto, este sistema permitirá agilizar la actualización de los precios públicos sin tener que modificar la normativa general en cada ocasión. Así, las tarifas concretas de cada servicio no se incluyen en la ordenanza, sino que serán aprobadas mediante acuerdos específicos de cada órgano competente.
Se presupone la transparencia y equidad de estas cuantías ya que la aprobación de cada una estará acompañada de la correspondiente memoria económico-financiera y de los informes técnicos preceptivos.
La normativa establece que únicamente podrán fijarse precios públicos para servicios o actividades de competencia municipal cuya utilización sea voluntaria, que no resulten imprescindibles para la vida privada o social y que puedan ser prestados también por el sector privado. Asimismo, determina que, con carácter general, las cuantías deberán cubrir al menos el coste del servicio, aunque podrán aprobarse importes inferiores cuando existan razones sociales, benéficas, culturales o de interés público debidamente justificadas y con la correspondiente cobertura presupuestaria.
La ordenanza también regula las distintas modalidades de gestión y cobro, incluyendo el pago previo, la autoliquidación, la domiciliación bancaria, las pasarelas de pago telemático o los recibos periódicos. Además, contempla la posibilidad de devolver total o parcialmente el importe abonado cuando el servicio no llegue a prestarse por causas no imputables al usuario, mientras que el impago podrá derivar en la vía de apremio y, cuando proceda, en la imposibilidad de acceder al servicio correspondiente.
El texto incorpora también disposiciones sobre reducciones por motivos sociales, culturales o de interés público, que deberán aprobarse expresamente en cada acuerdo específico y justificarse mediante una memoria económico-financiera. La ordenanza entrará en vigor tras su publicación definitiva, manteniéndose mientras no sea modificada o derogada.
La norma ha quedado ratificada al no haberse presentado reclamaciones ni sugerencias tras el periodo de exposición pública. Sin embargo, tal y como especifica el BOP, frente a su aprobación definitiva podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses.
El Ayuntamiento de Xàbia ha aprobado de forma definitiva la nueva Ordenanza General Reguladora de los Precios Públicos, una norma que establecerá un marco común para la creación, modificación y gestión de los precios públicos municipales sin necesidad de tramitar una ordenanza específica cada vez que se actualicen sus importes.
La ordenanza, publicada este miércoles en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), tiene como objetivo dotar al consistorio de un régimen jurídico estable para regular el establecimiento, la gestión, el cobro, la recaudación y, en su caso, la devolución de los precios públicos correspondientes a los distintos servicios municipales.
Uno de los principales cambios que introduce la nueva regulación es la separación entre el marco jurídico general y la fijación de las cuantías. Según el texto, este sistema permitirá agilizar la actualización de los precios públicos sin tener que modificar la normativa general en cada ocasión. Así, las tarifas concretas de cada servicio no se incluyen en la ordenanza, sino que serán aprobadas mediante acuerdos específicos de cada órgano competente.
Se presupone la transparencia y equidad de estas cuantías ya que la aprobación de cada una estará acompañada de la correspondiente memoria económico-financiera y de los informes técnicos preceptivos.
La normativa establece que únicamente podrán fijarse precios públicos para servicios o actividades de competencia municipal cuya utilización sea voluntaria, que no resulten imprescindibles para la vida privada o social y que puedan ser prestados también por el sector privado. Asimismo, determina que, con carácter general, las cuantías deberán cubrir al menos el coste del servicio, aunque podrán aprobarse importes inferiores cuando existan razones sociales, benéficas, culturales o de interés público debidamente justificadas y con la correspondiente cobertura presupuestaria.
La ordenanza también regula las distintas modalidades de gestión y cobro, incluyendo el pago previo, la autoliquidación, la domiciliación bancaria, las pasarelas de pago telemático o los recibos periódicos. Además, contempla la posibilidad de devolver total o parcialmente el importe abonado cuando el servicio no llegue a prestarse por causas no imputables al usuario, mientras que el impago podrá derivar en la vía de apremio y, cuando proceda, en la imposibilidad de acceder al servicio correspondiente.
El texto incorpora también disposiciones sobre reducciones por motivos sociales, culturales o de interés público, que deberán aprobarse expresamente en cada acuerdo específico y justificarse mediante una memoria económico-financiera. La ordenanza entrará en vigor tras su publicación definitiva, manteniéndose mientras no sea modificada o derogada.
La norma ha quedado ratificada al no haberse presentado reclamaciones ni sugerencias tras el periodo de exposición pública. Sin embargo, tal y como especifica el BOP, frente a su aprobación definitiva podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses.




































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