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Martes, 22 de Septiembre de 2026

Actualizada Martes, 22 de Septiembre de 2026 a las 12:07:35 horas

Redacción
Martes, 22 de Septiembre de 2026 Tiempo de lectura:
Noticias de Xàbia

Cuatro años de prisión por una agresión sexual cometida tras una noche de ocio en Xàbia

La Audiencia de Alicante ha condenado a cuatro años de prisión a un hombre por agredir sexualmente a una mujer con la que había coincidido previamente en varios establecimientos de ocio de Xàbia. Los hechos se remontan a la madrugada del 16 de septiembre de 2022. El condenado se encontraba aquella noche en un pub de Xàbia junto a un grupo de amigos cuando coincidieron con varias mujeres. Tras entablar conversación, los dos grupos fueron desplazándose por diferentes locales de la zona.

 

Durante la noche, el acusado y la mujer estuvieron bailando juntos y coqueteando. Posteriormente, antes de dirigirse ambos grupos a otro establecimiento, la víctima y el acusado se separaron del grupo para dar un paseo por una zona rocosa próxima a la playa.

 

Fue allí donde, según considera probado la resolución judicial, se produjo la agresión sexual, pese al rechazo expresado por la mujer.

 

La denunciante relató posteriormente lo ocurrido a sus amigas y acudió, poco después, a comisaría para presentar una denuncia. Este comportamiento inmediato ha sido uno de los elementos que el tribunal ha valorado a la hora de considerar verosímil su versión, junto con la corroboración aportada por las amigas con las que había estado durante la noche.

 

Durante el juicio, celebrado el pasado 15 de julio, el acusado negó haber cometido la agresión y sostuvo que la relación sexual había sido consentida. Su defensa solicitó la libre absolución, mientras que la Fiscalía reclamó, inicialmente, una pena de siete años y un día de prisión.

 

Finalmente, la sentencia establece una pena de cuatro años de cárcel. Además, el condenado tendrá prohibido aproximarse a la víctima a menos de 500 metros durante un periodo de cinco años y deberá abonarle una indemnización de 5.000 euros en concepto de daños morales. La resolución puede ser recurrida en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

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