Elecciones municipales 2027
Los extranjeros residentes en Xàbia pueden inscribirse para votar en las municipales de 2027
Se establecen los plazos para manifestar la voluntad de voto tanto de los ciudadanos europeos como los residentes de países con acuerdos de reciprocidad.
El Ayuntamiento de Xàbia ha publicado un anuncio informativo para facilitar la inscripción de los ciudadanos extranjeros residentes en el municipio en el Censo Electoral de Extranjeros Residentes en España (CERE), de cara a las elecciones municipales del 23 de mayo de 2027.
El Ayuntamiento de Xàbia ha dado a conocer los requisitos y los trámites que deben realizar los residentes extranjeros y extranjeras que quieran ejercer su derecho al voto en las próximas elecciones municipales del 23 de mayo de 2027.
La inscripción en el Censo Electoral de Extranjeros Residentes en España contempla dos procedimientos: Uno para los ciudadanos y ciudadanas de países de la Unión Europea y otro para las personas provenientes de estados con acuerdos de reciprocidad de voto con España.
En el caso de los ciudadanos de la Unión Europea que residan en España y cumplan con los requisitos electorales, es necesario manifestar expresamente su voluntad de votar en los comicios municipales. Este trámite puede realizarse por internet a través de la Sede Electrónica del Instituto Nacional de Estadística (INE), mediante el sistema Cl@ve, por correo postal, utilizando la documentación remitida por la Oficina del Censo Electoral o presencialmente en el Ayuntamiento.
En el caso de aquellas personas foráneas que prefieran el correo postal, la Oficina del Censo Electoral enviará cartas a finales de septiembre de 2026 a aquellos ciudadanos y ciudadanas comunitarias que todavía no hayan manifestado su voluntad de voto. Estas comunicaciones incluirán una Clave de Tramitación Telemática (CTT), que permitirá completar el procedimiento por internet o responder por correo postal sin necesidad de franqueo.
Los residentes que deseen formalizar la solicitud a través del consistorio, pueden hacerlo presentando el modelo impreso CERE.DFA y presentando la tarjeta de extranjero (INE), documento de identidad o pasaporte de su país de origen.
El plazo máximo para realizar este trámite, por cualquiera de las tres vías, será el 30 de diciembre de 2026. La manifestación de voluntad de voto tiene carácter permanente, por lo que no será necesario repetirla en futuras convocatorias electorales mientras se mantengan las condiciones establecidas.
Inscripción para ciudadanos de países con acuerdos de reciprocidad
Los residentes procedentes de países con acuerdos de reciprocidad de voto con España también pueden solicitar su inscripción en el censo electoral para participar en las elecciones municipales. Esto incumbe a los ciudadanos y ciudadanas de Bolivia, Cabo Verde, Chile, Colombia, Corea, Ecuador, Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay, Perú, Reino Unido y Trinidad y Tobago; además de otros países con acuerdos en vigor.
Para acceder a este derecho, las personas solicitantes deben cumplir tres requisitos principales: Ser mayores de 18 años, estar inscritos o inscritas en el padrón municipal y disponer de una autorización de residencia legal continuada en España durante un periodo mínimo de cinco años (éste se reduce a tres años en el caso de los ciudadanos de Noruega y Reino Unido). El tiempo de residencia debe acreditarse mediante un certificado expedido por la Comisaría de Policía o la Oficina de Extranjería.
Las solicitudes podrán presentarse por internet a través de la Sede Electrónica del INE utilizando el sistema Cl@ve o el Número de Identidad de Extranjero (NIE) junto con la Clave de Tramitación Telemática (CTT). Esta clase se enviará por carta a finales de noviembre de 2026. También será posible responder a esta comunicación por correo postal, sin necesidad de franqueo, o realizar el trámite presencialmente en el Ayuntamiento de Xàbia.
Para la gestión presencial será necesario presentar el modelo CERE.N, identificarse mediante la Tarjeta de Identidad de Extranjero o, en el caso de los ciudadanos de Noruega, Islandia y Reino Unido; el documento de identidad o pasaporte original, además del certificado de residencia legal expedido por la Comisaría de Policía.
Para los residentes provenientes de países con acuerdos de reciprocidad, el plazo de presentación de solicitudes estará comprendido entre el 1 de diciembre de 2026 y el 15 de enero de 2027. Las solicitudes que se presenten fuera de este periodo serán desestimadas y, a diferencia de los ciudadanos y ciudadanas comunitarios, este trámite ha de renovarse de cara a cualquier comicio electoral.
El Ayuntamiento de Xàbia ha dado a conocer los requisitos y los trámites que deben realizar los residentes extranjeros y extranjeras que quieran ejercer su derecho al voto en las próximas elecciones municipales del 23 de mayo de 2027.
La inscripción en el Censo Electoral de Extranjeros Residentes en España contempla dos procedimientos: Uno para los ciudadanos y ciudadanas de países de la Unión Europea y otro para las personas provenientes de estados con acuerdos de reciprocidad de voto con España.
En el caso de los ciudadanos de la Unión Europea que residan en España y cumplan con los requisitos electorales, es necesario manifestar expresamente su voluntad de votar en los comicios municipales. Este trámite puede realizarse por internet a través de la Sede Electrónica del Instituto Nacional de Estadística (INE), mediante el sistema Cl@ve, por correo postal, utilizando la documentación remitida por la Oficina del Censo Electoral o presencialmente en el Ayuntamiento.
En el caso de aquellas personas foráneas que prefieran el correo postal, la Oficina del Censo Electoral enviará cartas a finales de septiembre de 2026 a aquellos ciudadanos y ciudadanas comunitarias que todavía no hayan manifestado su voluntad de voto. Estas comunicaciones incluirán una Clave de Tramitación Telemática (CTT), que permitirá completar el procedimiento por internet o responder por correo postal sin necesidad de franqueo.
Los residentes que deseen formalizar la solicitud a través del consistorio, pueden hacerlo presentando el modelo impreso CERE.DFA y presentando la tarjeta de extranjero (INE), documento de identidad o pasaporte de su país de origen.
El plazo máximo para realizar este trámite, por cualquiera de las tres vías, será el 30 de diciembre de 2026. La manifestación de voluntad de voto tiene carácter permanente, por lo que no será necesario repetirla en futuras convocatorias electorales mientras se mantengan las condiciones establecidas.
Inscripción para ciudadanos de países con acuerdos de reciprocidad
Los residentes procedentes de países con acuerdos de reciprocidad de voto con España también pueden solicitar su inscripción en el censo electoral para participar en las elecciones municipales. Esto incumbe a los ciudadanos y ciudadanas de Bolivia, Cabo Verde, Chile, Colombia, Corea, Ecuador, Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay, Perú, Reino Unido y Trinidad y Tobago; además de otros países con acuerdos en vigor.
Para acceder a este derecho, las personas solicitantes deben cumplir tres requisitos principales: Ser mayores de 18 años, estar inscritos o inscritas en el padrón municipal y disponer de una autorización de residencia legal continuada en España durante un periodo mínimo de cinco años (éste se reduce a tres años en el caso de los ciudadanos de Noruega y Reino Unido). El tiempo de residencia debe acreditarse mediante un certificado expedido por la Comisaría de Policía o la Oficina de Extranjería.
Las solicitudes podrán presentarse por internet a través de la Sede Electrónica del INE utilizando el sistema Cl@ve o el Número de Identidad de Extranjero (NIE) junto con la Clave de Tramitación Telemática (CTT). Esta clase se enviará por carta a finales de noviembre de 2026. También será posible responder a esta comunicación por correo postal, sin necesidad de franqueo, o realizar el trámite presencialmente en el Ayuntamiento de Xàbia.
Para la gestión presencial será necesario presentar el modelo CERE.N, identificarse mediante la Tarjeta de Identidad de Extranjero o, en el caso de los ciudadanos de Noruega, Islandia y Reino Unido; el documento de identidad o pasaporte original, además del certificado de residencia legal expedido por la Comisaría de Policía.
Para los residentes provenientes de países con acuerdos de reciprocidad, el plazo de presentación de solicitudes estará comprendido entre el 1 de diciembre de 2026 y el 15 de enero de 2027. Las solicitudes que se presenten fuera de este periodo serán desestimadas y, a diferencia de los ciudadanos y ciudadanas comunitarios, este trámite ha de renovarse de cara a cualquier comicio electoral.




























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