DANA Adam
Estas son las ayudas estatales para viviendas, negocios y daños causados por la DANA en Xàbia
El plazo de solicitud es de un mes desde el día siguiente a la finalización de los hechos, según la información municipal
Las subvenciones, gestionadas por el Ministerio del Interior, están destinadas a paliar los daños ocasionados en viviendas habituales, mobiliario y enseres domésticos, elementos comunes de comunidades de propietarios, establecimientos empresariales y, en determinados supuestos, daños personales.
El Ayuntamiento de Xàbia ha difundido una guía informativa sobre las ayudas estatales que pueden solicitar las personas afectadas por la DANA Adam que golpeó a la Marina Alta hace dos semanas. El Ministerio del Interior contempla diferentes modalidades de ayuda en función de los daños sufridos y de las características de los bienes afectados.
El Real Decreto 307/2005 regula las subvenciones destinadas a atender determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica. Esta línea de recupración se suma a la establecida por la Generalitat que puedes consultar en este enlace.
En el caso de las viviendas habituales, las indemnizaciones máximas alcanzan los 15.120 euros cuando se produce una destrucción total del inmueble. Para los daños estructurales, la cuantía puede llegar a 10.320 euros, mientras que para los desperfectos no estructurales se establece un máximo de 5.160 euros. En los dos últimos supuestos, la ayuda está limitada al 50 % del daño valorado. Además, las subvenciones destinadas a vivienda habitual están sujetas a determinados límites de ingresos familiares y al cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa.
El régimen de ayudas contempla asimismo una modalidad destinada a cubrir daños personales derivados de la emergencia. En estos casos, la cuantía puede alcanzar los 18.000 euros por fallecimiento o por incapacidad permanente absoluta, siempre que se cumplan los requisitos legales establecidos.
Ayudas para muebles y enseres domésticos
La convocatoria también contempla compensaciones para reparar o reponer los muebles, electrodomésticos y equipamiento básico de primera necesidad que hayan resultado dañados como consecuencia del temporal.
En este apartado, la cuantía máxima asciende a 2.580 euros. Estas ayudas están igualmente condicionadas al cumplimiento de los límites de ingresos familiares y se destinan a los bienes necesarios para el uso cotidiano de la vivienda habitual.
Por otra parte, las comunidades de propietarios pueden solicitar subvenciones para reparar los elementos comunes de uso general de los edificios residenciales. La cuantía máxima prevista es de 9.224 euros y puede cubrir hasta el 50 % del daño valorado. Para acceder a esta modalidad se exige disponer de un seguro vigente y que los daños no estén cubiertos por la póliza ordinaria ni por el Consorcio de Compensación de Seguros en materia de riesgos extraordinarios.
Los negocios pueden recibir hasta 9.224 euros
Los establecimientos industriales, comerciales y de servicios también están incluidos entre los posibles beneficiarios de estas ayudas, siempre que cuenten con un máximo de 50 empleados. La subvención puede alcanzar los 9.224 euros y está destinada a compensar los daños directos ocasionados en edificios, instalaciones o bienes necesarios para desarrollar la actividad económica.
Al igual que sucede con las ayudas para los elementos comunes de los edificios, se requiere disponer de un seguro vigente y que los daños no estén cubiertos por la póliza ordinaria ni por el seguro de riesgos extraordinarios.
Un mes para presentar las solicitudes
El plazo general para solicitar estas subvenciones es de un mes, contado desde el día siguiente a la finalización de los hechos que hayan provocado los daños. No obstante, el Ayuntamiento de Xàbia señala que la fecha concreta de cierre del plazo para el municipio está pendiente de confirmación con la Subdelegación del Gobierno en Alicante.
Las solicitudes deben tramitarse mediante el formulario oficial correspondiente a cada modalidad y pueden presentarse a través de la sede electrónica del Ministerio del Interior (sede.interior.gob.es) o en cualquiera de los registros administrativos admitidos. La gestión y resolución de los expedientes corresponde a la Administración General del Estado, a través del Ministerio del Interior.
Los importes anunciados son cuantías máximas y que su concesión está condicionada a los requisitos específicos de cada modalidad y a la valoración de los desperfectos. Además, las personas solicitantes deben declarar otras ayudas o indemnizaciones que hayan recibido o puedan percibir por los mismos daños. La suma de las compensaciones no podrá superar en ningún caso el valor total de los perjuicios ocasionados.
El Ayuntamiento de Xàbia ha difundido una guía informativa sobre las ayudas estatales que pueden solicitar las personas afectadas por la DANA Adam que golpeó a la Marina Alta hace dos semanas. El Ministerio del Interior contempla diferentes modalidades de ayuda en función de los daños sufridos y de las características de los bienes afectados.
El Real Decreto 307/2005 regula las subvenciones destinadas a atender determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica. Esta línea de recupración se suma a la establecida por la Generalitat que puedes consultar en este enlace.
En el caso de las viviendas habituales, las indemnizaciones máximas alcanzan los 15.120 euros cuando se produce una destrucción total del inmueble. Para los daños estructurales, la cuantía puede llegar a 10.320 euros, mientras que para los desperfectos no estructurales se establece un máximo de 5.160 euros. En los dos últimos supuestos, la ayuda está limitada al 50 % del daño valorado. Además, las subvenciones destinadas a vivienda habitual están sujetas a determinados límites de ingresos familiares y al cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa.
El régimen de ayudas contempla asimismo una modalidad destinada a cubrir daños personales derivados de la emergencia. En estos casos, la cuantía puede alcanzar los 18.000 euros por fallecimiento o por incapacidad permanente absoluta, siempre que se cumplan los requisitos legales establecidos.
Ayudas para muebles y enseres domésticos
La convocatoria también contempla compensaciones para reparar o reponer los muebles, electrodomésticos y equipamiento básico de primera necesidad que hayan resultado dañados como consecuencia del temporal.
En este apartado, la cuantía máxima asciende a 2.580 euros. Estas ayudas están igualmente condicionadas al cumplimiento de los límites de ingresos familiares y se destinan a los bienes necesarios para el uso cotidiano de la vivienda habitual.
Por otra parte, las comunidades de propietarios pueden solicitar subvenciones para reparar los elementos comunes de uso general de los edificios residenciales. La cuantía máxima prevista es de 9.224 euros y puede cubrir hasta el 50 % del daño valorado. Para acceder a esta modalidad se exige disponer de un seguro vigente y que los daños no estén cubiertos por la póliza ordinaria ni por el Consorcio de Compensación de Seguros en materia de riesgos extraordinarios.
Los negocios pueden recibir hasta 9.224 euros
Los establecimientos industriales, comerciales y de servicios también están incluidos entre los posibles beneficiarios de estas ayudas, siempre que cuenten con un máximo de 50 empleados. La subvención puede alcanzar los 9.224 euros y está destinada a compensar los daños directos ocasionados en edificios, instalaciones o bienes necesarios para desarrollar la actividad económica.
Al igual que sucede con las ayudas para los elementos comunes de los edificios, se requiere disponer de un seguro vigente y que los daños no estén cubiertos por la póliza ordinaria ni por el seguro de riesgos extraordinarios.
Un mes para presentar las solicitudes
El plazo general para solicitar estas subvenciones es de un mes, contado desde el día siguiente a la finalización de los hechos que hayan provocado los daños. No obstante, el Ayuntamiento de Xàbia señala que la fecha concreta de cierre del plazo para el municipio está pendiente de confirmación con la Subdelegación del Gobierno en Alicante.
Las solicitudes deben tramitarse mediante el formulario oficial correspondiente a cada modalidad y pueden presentarse a través de la sede electrónica del Ministerio del Interior (sede.interior.gob.es) o en cualquiera de los registros administrativos admitidos. La gestión y resolución de los expedientes corresponde a la Administración General del Estado, a través del Ministerio del Interior.
Los importes anunciados son cuantías máximas y que su concesión está condicionada a los requisitos específicos de cada modalidad y a la valoración de los desperfectos. Además, las personas solicitantes deben declarar otras ayudas o indemnizaciones que hayan recibido o puedan percibir por los mismos daños. La suma de las compensaciones no podrá superar en ningún caso el valor total de los perjuicios ocasionados.






























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