SAV se siente "indefensa" y lleva la adjudicación de la basura al Tribunal Central de Contratos SAV se siente "indefensa" y lleva la adjudicación de la basura al Tribunal Central de Contratos
Una de las aspirantes al contrato de la recogida de la basura y la limpieza viaria de Xàbia no quiere quedarse de brazos cruzados y ha decidido plantear batalla legal en todos los frentes.
Por el momento, el pleno del Ayuntamiento de finales de mayo ya rechazó el recurso presentado por SAV (Sociedad Agricultores de la Vega) y ahora esta misma empresa ha decidido presentar una nueva apelación, esta vez en el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, dependiente del Ministerio de Hacienda.
El pleno del Ayuntamiento que se celebra este martes volverá a rechazar los argumentos de la mercantil que quedó en sexta posición en la puntuación de las ofertas, con 82,31 puntos, frente a los 90,12 que obtuvo Tetma. Si bien SAV, en la parte económica fue la mejor oferta, en la parte técnica se quedó en el furgón de cola de las propuestas.
Según ha podido averiguar XAD en fuentes de la empresa valenciana, se sienten "indefensos" ya que la "práctica totalidad del contenido de las ofertas formuladas por los distintos licitadores había declarado confidencial por los mismos". Algo que supone, señalaron “dejar sin efecto el principio recogido en nuestra legislación y en la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE de acceso al expediente administrativo por quien tiene la condición de interesado, así como los principios de publicidad e información".
La propia SAV ya advirtió durante el proceso de esta circunstancia -tal y como se puede comprobar en las actas colgadas en la plataforma de contratación y que este redactor ha podido consultar- y se le contestó que el "informe de valoración -de las propuestas técnicas de las empresas- respetaba las declaraciones de confidencialidad de las ofertas presentadas por los licitadores".
A juicio de la empresa valenciana esto supone que "más del 90% del contenido de las ofertas tiene el carácter de confidencial por la mera manifestación del licitador sin ningún contraste por parte de la Mesa de Contratación que es quien ha de velar por el cumplimiento del principio de publicidad y transparencia consagrado en la LCSP, determinando, de aquella documentación declarada como confidencial por el licitador, cual en particular no afecta a secretos técnicos o comerciales o no se corresponde con aspectos confidenciales, justificando y motivando adecuadamente qué concreto derecho o interés legítimo del adjudicatario puede verse comprometido por el acceso al expediente".
Esta es la segunda vez que este contrato acaba en el Tribunal Central de Contratos, ya que el pliego fue recurrido (y rechazado) por una empresa especializada tal y como informó esta redacción.
Otros contratos que también fueron al Tribunal Central: El de los servicios de telefonía, el de la gestión de Ramblars, el del trenecito de la Granadella..
Una de las aspirantes al contrato de la recogida de la basura y la limpieza viaria de Xàbia no quiere quedarse de brazos cruzados y ha decidido plantear batalla legal en todos los frentes.
Por el momento, el pleno del Ayuntamiento de finales de mayo ya rechazó el recurso presentado por SAV (Sociedad Agricultores de la Vega) y ahora esta misma empresa ha decidido presentar una nueva apelación, esta vez en el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, dependiente del Ministerio de Hacienda.
El pleno del Ayuntamiento que se celebra este martes volverá a rechazar los argumentos de la mercantil que quedó en sexta posición en la puntuación de las ofertas, con 82,31 puntos, frente a los 90,12 que obtuvo Tetma. Si bien SAV, en la parte económica fue la mejor oferta, en la parte técnica se quedó en el furgón de cola de las propuestas.
Según ha podido averiguar XAD en fuentes de la empresa valenciana, se sienten "indefensos" ya que la "práctica totalidad del contenido de las ofertas formuladas por los distintos licitadores había declarado confidencial por los mismos". Algo que supone, señalaron “dejar sin efecto el principio recogido en nuestra legislación y en la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE de acceso al expediente administrativo por quien tiene la condición de interesado, así como los principios de publicidad e información".
La propia SAV ya advirtió durante el proceso de esta circunstancia -tal y como se puede comprobar en las actas colgadas en la plataforma de contratación y que este redactor ha podido consultar- y se le contestó que el "informe de valoración -de las propuestas técnicas de las empresas- respetaba las declaraciones de confidencialidad de las ofertas presentadas por los licitadores".
A juicio de la empresa valenciana esto supone que "más del 90% del contenido de las ofertas tiene el carácter de confidencial por la mera manifestación del licitador sin ningún contraste por parte de la Mesa de Contratación que es quien ha de velar por el cumplimiento del principio de publicidad y transparencia consagrado en la LCSP, determinando, de aquella documentación declarada como confidencial por el licitador, cual en particular no afecta a secretos técnicos o comerciales o no se corresponde con aspectos confidenciales, justificando y motivando adecuadamente qué concreto derecho o interés legítimo del adjudicatario puede verse comprometido por el acceso al expediente".
Esta es la segunda vez que este contrato acaba en el Tribunal Central de Contratos, ya que el pliego fue recurrido (y rechazado) por una empresa especializada tal y como informó esta redacción.
Otros contratos que también fueron al Tribunal Central: El de los servicios de telefonía, el de la gestión de Ramblars, el del trenecito de la Granadella..
































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